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miércoles, 24 de noviembre de 2010

Retenciones segunda categoría 2009 Personas Naturales

Un ingeniero industrial recién graduado en el 2009 ha desarrollado un invento de gran utilidad en diferentes tipos de industrias. Dicha persona ha recibido ofertas de tres empresas las cuales convienen en pagarle S/.30,000.00, S/.40,000.00 y S/.50,000.00 mensuales por la transferencia de sus conocimientos técnicos e industriales, siendo necesario evaluar el tipo de renta que genera el referido ingeniero.

Considerando los alcances del artículo 27 de la Ley del Impuesto a la Renta existe una presunción de lo que se considera como regalía:

Cualquiera sea la denominación que le acuerden las partes, se considera regalía a toda contraprestación en efectivo o en especie originada por el uso o por el privilegio de usar patentes, marcas, diseños o modelos, planos, procesos o fórmulas secretas y derechos de autor de trabajos literarios, artísticos o científicos, así como toda contraprestación por la cesión en uso de los programas de instrucciones para computadoras

A los efectos previstos en el párrafo anterior, se entiende por información relativa a la experiencia industrial, comercial o científica toda transmisión de conocimientos, secretos o no, de carácter técnico, económico, financiero o de otra índole referidos a actividades comerciales o industriales, con prescindencia de la relación que los conocimientos transmitidos tengan con la generación de rentas de quienes los reciben y del uso que éstos hagan de ellos

Conforme a esta norma, el ingeniero percibirá ingresos por regalías, los cuales califican como rentas de segunda categoría conforme al inciso c) del artículo 24 de la Ley del IR.

Para el 2009, se debe considerar la aplicación de lo establecido en el primer párrafo del artículo 36 de la Ley del IR:

Para establecer la renta neta de la primera y segunda categoría, se deducirá por todo concepto el veinte por ciento (20%) del total de la renta bruta

Además las empresas que paguen estas rentas de segunda categoría se encuentran obligadas a retener en forma definitiva el 6.25% sobre la renta neta tal como lo establece el artículo 72º de la Ley del IR:

Las personas que abonen rentas de segunda categoría retendrán el Impuesto correspondiente con carácter definitivo aplicando la tasa de seis coma veinticinco por ciento (6,25%) sobre la renta neta.

EMPRESA SA

EMPRESA SRL

EMPRESA SAC

Regalía pagada

 

30,000.00

Regalía pagada

 

40,000.00

Regalía pagada

 

50,000.00

Deducción 20%

 

(6,000.00)

Deducción 20%

 

(8,000.00)

Deducción 20%

 

(10,000.00)

Renta neta

24,000.00

Renta neta

32,000.00

Renta neta

40,000.00

IR 2° Categ.

1,500.00

IR 2° Categ.

2,000.00

IR 2° Categ.

2,500.00

Saldo a pagar al ingeniero neto de la retención

 

 

 

28,500.00

Saldo a pagar al ingeniero neto de la retención

 

 

 

38,000.00

 

Saldo a pagar al ingeniero neto de la retención

 

 

 

47,500.00

 

 

Las empresas pagadoras de las regalías al inventor deberán efectuar las retenciones mensuales y pagarlas con la presentación del PDT 617-Otras retenciones, y a la vez extenderle un certificado de rentas y retenciones al ingeniero industrial por éste importe.

 

Contablemente la empresa SA:

 

DEBE

HABER

65

Otros gastos de gestión

30,000.00

 

 

652. Regalías

 

 

40

Tributos y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud

 

1,500.00

 

4017. Impuesto a la Renta

 

 

 

          4017.1.2.Regalías segunda categoría

 

 

46

Cuentas por pagar diversas – Terceros

 

28,500.00

 

469. Otras cuentas por pagar diversas

 

 

2009. Por la provisión de las regalías y la retención de no domiciliados que se declara en el PDT 617.

.

 

DEBE

HABER

46

Cuentas por pagar diversas – Terceros

28,500.00

 

 

469. Otras cuentas por pagar diversas

 

 

10

Caja y Bancos

 

28,500.00

 

104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras

 

 

2009. Por la cancelación del pago por regalías

.

 

DEBE

HABER

64

Gastos por tributos

17.10

 

 

649. Otros tributos

 

 

 

        649.1. ITF

 

 

10

Caja y Bancos

 

17.10

 

104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras

 

 

2009. Por el ITF de la cancelación del pago por regalías, S/.28,500.00 x 0.06%.

.

 

DEBE

HABER

40

Tributos y Aportes al Sistema de Pensiones y de Salud

1,500.00

 

 

4017. Impuesto a la Renta

 

 

 

          4017.1.2. Regalías segunda categoría

 

 

10

Caja y Bancos

 

1,500.00

 

104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras

 

 

2009. Por el pago de la retención de no domiciliados que fue declarada en el PDT 617- Otras retenciones dentro del calendario de obligaciones mensuales.

.

 Las empresas SRL y SAC deberán realizar los mismos asientos contables.

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